Terminos y condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y CONFIDENCIALIDAD

ER CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Los presentes Términos y Condiciones regulan la prestación de los servicios proporcionados por ER Clasificación Arancelaria, así como el tratamiento confidencial de la información proporcionada por sus clientes.

La solicitud de un servicio, el envío de información por correo electrónico, el registro de mercancías o documentación en DETECLAER, así como la aceptación de una cotización o propuesta comercial, implica el conocimiento y aceptación de los presentes Términos y Condiciones.

El acuerdo de confidencialidad surtirá efectos desde la primera interacción mediante la cual el CLIENTE proporcione información a ER Clasificación Arancelaria.


1. OBJETO DEL SERVICIO

ER Clasificación Arancelaria proporciona servicios especializados de clasificación arancelaria, consistentes en el análisis merceológico y la determinación de la fracción arancelaria y, cuando corresponda, del Número de Identificación Comercial (NICO) aplicable a las mercancías sometidas a consulta.

La clasificación se realizará conforme al marco jurídico y nomenclatura vigentes aplicables al momento del análisis, considerando, según corresponda:

  • Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE).
  • Reglas Generales y Complementarias para la aplicación de la TIGIE.
  • Notas Legales.
  • Notas Nacionales.
  • Notas Explicativas del Sistema Armonizado.
  • Demás disposiciones, criterios y elementos técnicos aplicables al caso concreto.

El servicio podrá prestarse mediante correo electrónico, medios electrónicos autorizados y/o mediante DETECLAER.


2. DETECLAER

DETECLAER (Desarrollo Tecnológico para la Clasificación Arancelaria de Eficiencia Remota) es una herramienta tecnológica utilizada por ER Clasificación Arancelaria para la recepción, administración, análisis, seguimiento y trazabilidad de solicitudes de clasificación arancelaria.

La plataforma permite documentar las diferentes etapas del proceso, incluyendo, según corresponda:

  • Registro de mercancías.
  • Recepción de información y documentación técnica.
  • Solicitudes de información complementaria.
  • Análisis merceológico.
  • Seguimiento del proceso.
  • Determinación arancelaria.
  • Estatus y cierre de los registros.
  • Generación de indicadores operativos y de resultados.

El acceso a DETECLAER se encuentra restringido a usuarios autorizados y verificados, de acuerdo con los perfiles y permisos establecidos para cada participante.

DETECLAER podrá generar indicadores de desempeño (KPI), trazabilidad y resultados relacionados con los servicios registrados.


3. UTILIZACIÓN DE TECNOLOGÍA E INTELIGENCIA ARTIFICIAL

ER Clasificación Arancelaria podrá utilizar herramientas tecnológicas y sistemas de Inteligencia Artificial (IA) como instrumentos auxiliares para el procesamiento, organización, consulta y análisis de información.

La utilización de estas herramientas no sustituye el análisis profesional requerido para la determinación arancelaria.

Las determinaciones proporcionadas como resultado del servicio serán sometidas al proceso de análisis, validación y/o refinamiento establecido por ER Clasificación Arancelaria y ejecutado por personal con experiencia en clasificación arancelaria.


4. SUFICIENCIA DOCUMENTAL E IDENTIFICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS

El CLIENTE deberá proporcionar información veraz, completa, legible y técnicamente suficiente que permita la plena identificación de la mercancía sometida a clasificación.

Dependiendo de la naturaleza de la mercancía, ER Clasificación Arancelaria podrá solicitar, entre otros elementos:

  • Fichas técnicas.
  • Folletos, trípticos y catálogos.
  • Etiquetas.
  • Fotografías.
  • Manuales.
  • Hojas de datos de seguridad.
  • Composición y materiales constitutivos.
  • Análisis de laboratorio.
  • Diagramas y planos.
  • Marca comercial.
  • Modelo.
  • Número de parte o número de identificación.
  • Funcionamiento.
  • Aplicación o uso.
  • Procesos de fabricación.
  • Cualquier otro elemento técnico necesario para la identificación de la mercancía.

Cuando la documentación resulte insuficiente, ER Clasificación Arancelaria podrá mantener el registro abierto y solicitar información técnica o documental complementaria antes de emitir una determinación definitiva.

ER Clasificación Arancelaria no estará obligada a emitir una clasificación definitiva cuando los elementos disponibles no permitan identificar técnicamente la mercancía con un grado razonable de certeza.


5. RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE SOBRE LA INFORMACIÓN

El CLIENTE declara que la información y documentación proporcionadas corresponden a las mercancías sometidas a consulta y asume responsabilidad por su autenticidad, exactitud, integridad y correspondencia.

ER Clasificación Arancelaria realizará su análisis con base en dicha información.

ER Clasificación Arancelaria no será responsable de una clasificación que resulte afectada por información incompleta, incorrecta, inexacta, alterada, fraudulenta o que no corresponda a la mercancía efectivamente importada o exportada.

Cualquier modificación posterior en las características, composición, funcionamiento, presentación, modelo, número de parte o demás elementos determinantes de una mercancía podrá requerir un nuevo análisis.


6. CONFIDENCIALIDAD

ER Clasificación Arancelaria se obliga a tratar como confidencial la información técnica, comercial, documental y operativa recibida del CLIENTE con motivo de la prestación de sus servicios.

La información será utilizada exclusivamente para la prestación, administración, control, seguimiento y mejora de los servicios contratados, salvo autorización expresa del CLIENTE o requerimiento legal de autoridad competente.

El personal y los usuarios autorizados que tengan acceso a Información Confidencial estarán sujetos a obligaciones de confidencialidad acordes con sus funciones.

La obligación de confidencialidad inicia desde la primera interacción mediante la cual ER Clasificación Arancelaria reciba información del CLIENTE, independientemente de que ésta se realice por correo electrónico, DETECLAER u otro medio autorizado.


7. TRAZABILIDAD DE LA INFORMACIÓN

La información relacionada con los servicios podrá mantenerse dentro de DETECLAER bajo mecanismos de trazabilidad destinados a documentar las diferentes etapas del proceso.

La trazabilidad podrá comprender, entre otros elementos:

  • Fecha y hora de registro.
  • Usuarios participantes.
  • Información y documentación recibida.
  • Solicitudes de información complementaria.
  • Estatus del registro.
  • Seguimiento.
  • Determinaciones emitidas.
  • Fecha de conclusión.

Estos elementos podrán utilizarse para control de calidad, seguimiento operativo, generación de indicadores y mejora de procesos, respetando en todo momento las obligaciones de confidencialidad establecidas en los presentes Términos y Condiciones.


8. PERSONAL ESPECIALIZADO

Para los servicios de clasificación arancelaria, ER Clasificación Arancelaria cuenta con personal con experiencia en la materia y podrá integrar clasificadores arancelarios certificados de acuerdo con las características y necesidades del servicio.

Para los servicios de capacitación, asesoría y gestión de trámites, ER Clasificación Arancelaria podrá apoyarse en profesionales especializados en las materias correspondientes.


9. ALCANCE DE LA DETERMINACIÓN ARANCELARIA

ER Clasificación Arancelaria se obliga a prestar sus servicios con diligencia profesional, realizando el análisis con fundamento en los elementos técnicos y jurídicos aplicables a la mercancía estudiada.

La clasificación emitida constituye una determinación técnica profesional basada en las características acreditadas de la mercancía, la información proporcionada por el CLIENTE y las disposiciones aplicables al momento del análisis.

La actuación, interpretación y determinaciones de las autoridades administrativas o jurisdiccionales competentes se encuentran fuera del control de ER Clasificación Arancelaria.

En consecuencia, la prestación del servicio no implica garantizar que una autoridad competente adoptará necesariamente la misma interpretación o determinación.


10. OPINIONES Y CRITERIOS TÉCNICOS — ARTÍCULO 89 DEL CFF

De conformidad con lo previsto en el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, cuando una opinión o criterio emitido por ER Clasificación Arancelaria sea diverso de los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales en los términos previstos por dicho precepto, tal circunstancia será manifestada expresamente por escrito en la opinión correspondiente.

Las determinaciones, opiniones y asesorías emitidas por ER Clasificación Arancelaria constituyen criterios técnicos profesionales formulados con base en la información proporcionada por el CLIENTE y en las disposiciones aplicables al momento de su emisión.

La interpretación, revisión o determinación que, en ejercicio de sus facultades, realice una autoridad competente se encuentra fuera del control de ER Clasificación Arancelaria.


11. RESPONSABILIDAD DE ER CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

ER Clasificación Arancelaria será responsable por los daños directos que sean consecuencia exclusivamente de un error u omisión comprobable atribuible a ER Clasificación Arancelaria en la determinación arancelaria, siempre que el CLIENTE haya proporcionado información completa, correcta y suficiente para identificar plenamente la mercancía.

No existirá responsabilidad atribuible a ER Clasificación Arancelaria cuando la diferencia derive, entre otros supuestos, de:

  • Información incompleta, incorrecta o inexacta proporcionada por el CLIENTE.
  • Omisión de características determinantes de la mercancía.
  • Diferencias entre la mercancía documentada y la efectivamente presentada.
  • Alteraciones o modificaciones posteriores de la mercancía.
  • Cambio de modelo, composición, materiales, función o características.
  • Criterios, interpretaciones o resoluciones emitidos por autoridades competentes.
  • Cambios normativos posteriores a la fecha de emisión de la clasificación.

12. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD

Salvo disposición legal imperativa en contrario, la responsabilidad económica máxima de ER Clasificación Arancelaria derivada directamente de un error comprobable que le sea atribuible estará limitada, en conjunto, a:

$5,000.00 MN (Cinco mil pesos 00/100 Moneda Nacional).

ER Clasificación Arancelaria no responderá por daños indirectos, incidentales, especiales o consecuenciales, pérdida de oportunidades comerciales o lucro cesante, en la medida en que dicha exclusión sea legalmente procedente.


13. CONDICIONES ECONÓMICAS Y COMERCIALES

Los precios, modalidades de contratación, capacidades, número de ítems, periodos de servicio, anticipos, mensualidades, excedentes, tiempos de atención y demás condiciones económicas serán establecidos en la cotización, propuesta comercial o instrumento particular correspondiente.

Cuando existan condiciones comerciales particulares aceptadas por el CLIENTE, éstas complementarán los presentes Términos y Condiciones.

En caso de existir una condición económica u operativa específicamente pactada para determinado servicio, prevalecerá dicha condición particular exclusivamente respecto de la materia expresamente regulada.


14. SERVICIOS CONTRATADOS POR CAPACIDAD O NÚMERO DE ÍTEMS

Cuando un servicio sea contratado mediante una capacidad determinada, bolsa de ítems, mensualidad o esquema similar, las reglas específicas para su contabilización, vigencia, acumulación, excedentes, apertura y cierre serán establecidas en la propuesta comercial correspondiente.

Salvo que expresamente se establezca algo diferente, cada mercancía, número de parte, modelo o referencia individual sometida a análisis se considerará un ítem independiente.

La presentación de varios números de parte o mercancías dentro de una misma solicitud, factura, archivo, catálogo o documento no implica que constituyan un solo ítem.


15. SERVICIOS ADICIONALES Y ANÁLISIS ESPECIALIZADOS

Los servicios de razonamiento arancelario formal, opiniones técnicas especiales, proyectos masivos, análisis extraordinarios, consultas normativas y demás servicios que excedan el alcance originalmente contratado podrán ser objeto de evaluación y cotización independiente.

Asimismo, las mercancías que por su naturaleza, composición, función, integración, regulación o complejidad técnica requieran un análisis especializado podrán estar sujetas a evaluación previa y, cuando corresponda, a condiciones comerciales particulares.


16. VIGENCIA DE LAS DETERMINACIONES

Las clasificaciones, determinaciones y opiniones emitidas corresponden a las características acreditadas de la mercancía y al marco normativo considerado en la fecha del análisis.

Cuando exista una modificación normativa, cambio en la nomenclatura arancelaria, modificación de las características de la mercancía o cualquier otro elemento que pueda afectar su clasificación, deberá realizarse la revisión correspondiente.


17. ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES

La solicitud, contratación o utilización de los servicios de ER Clasificación Arancelaria, así como el registro o envío de mercancías para análisis, implica la aceptación de los presentes Términos y Condiciones y, cuando corresponda, de las condiciones particulares establecidas en la cotización o propuesta comercial aplicable.


ER CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Confianza certificada.

El mundo no se detiene… nosotros tampoco.

Web: erclasificacionarancelaria.com
Correo: direccion@erclasificacionarancelaria.com
Teléfono: 229 416 2999

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